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Calle Trespaderne, 29, 3ª planta,
28042,
Madrid, Madrid, España
Toda actuación urbanística debe respetar lo establecido en la normativa que regula la protección contra los incendios y la normativa de la seguridad de utilización de los edificios donde se desarrollan las diversas actividades. También se debe de realizar una mención aparte en el tema de la accesibilidad, cuyo objetivo es el facilitar el acceso y utilización de las actividades por parte de las personas con movilidad reducida y que resulta de obligatoria aplicación.
Para ciertas actuaciones que afecten de especial manera a la seguridad de las personas en relación con la protección contra incendios podría llegar a requerirse un informe preceptivo del órgano correspondiente de la Administración.